¡Cuidado con las luces, que te puede salir caro!. No, no estoy refiriéndome al recibo de la luz de casa, que daría para hablar durante muchos post, sino que estamos refiriéndonos al sistema de iluminación de tu coche.

Si tu coche posee un sistema de iluminación más propio de un funeral que de un soleado día con todo su esplendor, ni se te ocurra tratar de sustituirlos por faros más potentes de otra tecnología, porque te puede caer «la del pulpo» en forma de sanción económica.
Ya sabemos que en las fechas que corren y, desde no hace poco tiempo, llevar faros LED está de moda, por lo que montar faros halógenos en un coche moderno suena a chiste y los muy llevados y traídos faros de xenon, ya forman parte del pasado, a pesar de ofrecer una gran calidad lumínica estos últimos.

Las luces LED aportan una luz blanca como ningún otro dispositivo es capaz de ofrecer. Además, son más eficientes y pueden duran más que el propio coche que las porta. Son bonitas y «molan», pero son caras, por lo que se está poniendo en boga instalar dispositivos LED en vehículos cuyos faros de serie son halógenos o xenon. ¡Craso error!. Si te trinca la Policía Local en sus dominios o la Guardia Civil en los suyos con algo de eso montado, se te van a caer los palos del sombrajo, porque son ilegales.
La legislación que regula el sistema de iluminación halógeno, es la denominada ECE R37 y ésta especifica exactamente las características de la bombilla y los sistemas de regulación de altura para evitar deslumbramientos según sea la carga. ¡Prohibido sustituirla por xenon o LED!.

Por su parte, las luces con tecnología de xenon, están reguladas por la normativa ECE R99, definiendo su uso y características, además de sus variantes (xenon, bixenon…). ¡Prohibido sustituirla por LED!.
Finalmente, los faros LED están regulados por la norma ECE R128 en lo tocante al sistema de iluminación y por la R10 para lo relativo a las interferencias electromagnéticas.

Los faros láser, aún muy escasos en su implementación, pasarán a formar parte, a buen seguro, del sistema de iluminación al uso no tardando muchos años.
La multa será de 200 euritos para todo aquel que ponga faros distintos a los que tiene que poner, así que, ¡avisados estáis!.
La Ley establece que cada tipo de faro debe ir en consonancia con su tipo de faro, sin que quepa la opción de montar faros de xenon en coches servidos con faros halógenos y así, aplicable al LED para coches con faros halógenos o de xenon.

Por tanto, si deseas darle un aspecto chachi a tu coche con faros funerarios y pasarte al LED, ya sabes que, si te pillan, te van a sancionar bien sancionado.
Esta normativa no es aplicable a la luz LED interior, pudiéndose instalar este tipo de iluminación sin problema dentro de tu coche sin que te paren y te endosen «la receta».
Sernauto explica muy bien que esta medida, más allá de resultar recaudatoria, pretende perseguir la seguridad vial, impidiendo deslumbramientos, problemas de iluminación en curvas y faros mal instalados en vehículos que no los llevan de serie u opcionalmente, extendiéndose la multa al usuario del vehículo en cuestión y al taller o responsable del montaje ilegal.
Échale un vistazo al documento que presenta Sernauto en forma de tríptico a continuación: TRÍPTICO LUCES LED
¡Lo dicho; avisado estás!.