
El Consejo de Estado ha pedido a la Dirección General de Tráfico que reconsidere el proyecto de Reglamento de Circulación para que pueda ser aprobado, señalando que existen «notables imprecisiones» en el texto. Entre sus puntos más polémicos, está la imposición de límites de velocidad a los peatones y que se les obligue a pasar un control de alcoholemia y drogas si cometen alguna infracción. El Consejo de Estado no tiene clara la definición de «usuarios de la vía» que realiza la DGT, y que puede abarcar a conductores de vehículos y peatones, obligando a éstos a realizar pruebas de alcohol y drogas cuando se hallen implicados en un accidente o cometan una infracción. Según el Órgano consultivo del Estado, esta conclusión es insostenible, ya que podría implicar restricciones a los viandantes por el simple hecho de circular por la calle. De llevarse a cabo la norma pretendida, los españoles perderían peligrosamente la potestad de encontrarse en según qué sitios con total libertad, temiendo que cualquier accidente de tráfico ajeno a ellos, implicase pruebas de alcoholemia por el solo hecho de encontrarse en las inmediaciones (bodas, comuniones, bautizos…). Del mismo modo, se refiere a las personas que toman habitualmente medicinas que contengan codeínas, benzodiacepinas, opiáceos o semenjantes, las cuales darían positivo en un hipotético test de drogas y que, según el Consejo de Estado, sólo «podrían aventurarse a salir de casa con las correspondientes recetas médicas».
Pero lo más gracioso de la historia es que este concepto de usuario de vía, también influye a la hora de imponer unos límites de velocidad. Así, la norma propuesta por la DGT pretende introducir un límite de velocidad máxima a los peatones mediante el texto, ¡¡¡¡atención!!!!: «Los vehículos en los que su conductor circule a pie no sobrepasarán la velocidad del paso humano» lo que, para el Consejo de Estado supondría directamente la prohibición de correr, por ejemplo. ¿Pero qué son los vehículos en los que su conductor va a pie?. El informe explica muy convenientemente que: «quien circula a pie es peatón, de manera que mal puede ser un conductor, pero en todo caso, quien circula a pie siempre se mueve a velocidad de su propio paso».


Respecto a los nuevos límites de velocidad en las diferentes vías, también el Consejo de Estado «entra al trapo». El Organismo señala que la DGT no ha calculado los gastos de la nueva señalización y que no ha documentado algunas de las cifras que presenta y que relacionan la velocidad con la siniestralidad en ciertas vías. En cuanto a la reducción de velocidad en zonas urbanas, el Consejo de Estado se muestra contrario a su aprobación porque «invade las competencias de las Entidades Locales» y apunta que, de llevarse a cabo esta norma, será objeto de una inmediata impugnación por parte de los ayuntamientos, aludiendo ya estos últimos al más que probable colapso de las ciudades de llegarse a aprobar tal y como se pretende ahora. Entre las principales razones por las que el Organismo no aconseja a la DGT modificar los cambios de velocidad es «porque la ciudadanía no los ha demandado», así como que el paso de 100km/h a 90km/h en carreteras convencionales y de 90km/h a, en muchos casos, 50km/h en la red secundaria «ralentizará necesariamente todos los desplazamientos en España». Del mismo modo, pone en duda la ejecución de los aumentos de velocidad en autopista a 130km/h, en circunstancias especiales, y que, según el texto, se señalizará en los paneles con mensaje variable. El Consejo de Estado cuestiona «las posibilidades que tienen los conductores para probar que cuando circulaban a 130km/h en autopista lo hacían en cumplimiento de la norma fijada en un panel».
En cuanto a la normativa hacia los ciclistas, el Consejo de Estado, la denomina como «notablemente imprecisa», con situaciones que considera absurdas, como por ejemplo, fijar límites de velocidad para las bicicletas, CUANDO ESTOS VEHÍCULOS CARECEN DE VELOCÍMETRO.
Por último, respecto a la obligación de los conductores de ciclomotor de llevar un casco homologado, el Consejo de Estado no duda que la inversión de estos conductores en los cascos sea beneficiosa a cambio de la seguridad que reciben, pero critica que en el texto se contabilicen los gastos, señalando que este equipamiento cuesta 20 euros, CUANDO ESTARÍAMOS HABLANDO DE APROXIMADAMENTE 90 € PARA EL MÁS BARATO Y LOS CASI 1.000 DEL MÁS ONEROSO.
Está claro que Consejo de Estado y DGT no se entienden. ¡Si los chicos de la DGT se ponen a hacerlo peor, no lo clavan tanto…!.